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domingo, 5 de julio de 2009

Nota de Prensa 2 - Comentarios a réplica de corresponsal. Justificación de prevenciones contra la metodología utilizada en plebiscitos y referéndums.

Nota enviada el 16 de marzo de 2009 al Semanario "BÚSQUEDA" por el Administrador de "CORPORACION CÍVICA INTERNACIONAL" para ser incluida en la Sección "Cartas al Director", la que nunca fue publicada.

En la pasada edición de “Búsqueda” el señor José Efrén Solana Delgado comenta una carta remitida por mí que fue incluida en esta sección el día 5 de marzo.
Aludiendo a ella dice que las opciones disponibles para el ciudadano en ocasión del plebiscito que tal vez deba realizarse de manera simultánea con la próxima elección de autoridades nacionales no serán cinco -tal como yo afirmé- sino apenas dos: “la de los que quieren aprobar la iniciativa” de modificación constitucional propuesta, para lo cual “deben incluir la hoja del `Sí´” en el sobre de votación y la de “los que no incluyen el `Sí´ sin excepciones“, quienes por consiguiente “se oponen a ésta o a cualquier iniciativa”, porque “no existen los términos medios ni los pronunciamientos dubitativos, el ciudadano está a favor o en contra” (subrayado mío).
Después agrega el señor José Efrén Solana Delgado que abstenerse o sea: “no concurrir a los comicios” es “una forma indirecta de oponerse al proyecto”…; que todo “voto en blanco” es efectivamente un “voto en contra” porque no incluye la hoja del `´…; que ningún “voto nulo” se computa sino que “se destruye sin escrutarse”…; … y para los casos de “nulidad de las hojas de votación” entiende (¿?) que si bien ello implica no manifestar predilección por algún candidato, de haber anexado el votante la hoja del `´ tal pronunciamiento “pudiera computarse en favor de la iniciativa plebiscitada” (subrayado mío), porque “si no incluye el `Sí´ se está oponiendo(¿?).
En resumen, exceptuando este último atisbo de incertidumbre, a juicio del señor José Efrén Solana Delgado bastará saber el número de personas que introduzcan la hoja del `´ en las urnas para establecer inequívocamente cuánta gente aprueba la moción presentada y qué cantidad la rechaza…
Un criterio antagónico al que yo sostuve…
Y para respaldar mis dichos permítaseme ofrecer el razonamiento que sigue…
De ser finalmente convocado a esa consulta pública podré como cualquier otro ciudadano pronunciarme a favor o en contra de la reforma propuesta (por vía de agregar o no la correspondiente boleta en el sobre de votación), mantenerme al margen del asunto aunque no por objetar la iniciativa sino meramente para evitar inmiscuirme (absteniéndome de participar en el proceso decisorio), aceptar intervenir en los comicios pero manteniendo mi opinión en reserva con la única intención de que sean otros quienes arbitren sin experimentar por ello aversión de ninguna índole hacia el planteo formulado (votando en blanco) e inclusive manifestar un decidido rechazo al acto electivo como tal ajeno a cuestionar siquiera el significado específico de la moción presentada, quebrantando para ello abiertamente las normas que lo rigen (anulando el voto)…
He aquí por tanto cinco alternativas de acción claramente distintas que trasuntarían diferentes maneras de posicionarme ante la disyuntiva planteada…
Y como es fácil advertir, solamente una implica rechazar el cambio que se procura introducir en la Carta Magna…
Pero la situación es todavía más compleja…
Véase que si finalmente resuelvo incluir o no la hoja del `´ en el sobre de votación podré hacerlo con sumo entusiasmo por estar completamente de acuerdo con la enmienda o por conceptuarla de todo punto inaceptable…; podré actuar de tal modo aunque sin tanto apasionamiento por inspirarme la reforma que se propone apenas relativa conformidad o moderado fastidio…; … y también podré obrar así con absoluta indiferencia respecto a esa iniciativa secundándola o desestimándola sencillamente como consecuencia de una vaga simpatía o antipatía que sus promotores o detractores pudieran inspirarme... y hasta únicamente por no encontrar motivos para objetarla o para promoverla …
Contrariamente a lo afirmado por el señor José Efrén Solana Delgado entonces no es correcto asumir que todo ciudadano puede ser clasificado como estando categóricamente “a favor o en contra” de la moción presentada según su proceder en el evento…
Es notorio que hay otras disposiciones anímicas no asimilables a ninguna de tan drásticas valoraciones….; … y justamente que pese a ello la metodología utilizada por mandato institucional reduzca esas diversas posturas artificiosamente a sólo dos es lo que genera situaciones disparatadas como la descrita en la carta que remití a esta publicación semanas atrás…; … en ella según recordará mi contradictor- ponía como ejemplo un hipotético plebiscito referido a este mismo asunto en el que supuestamente se habían contabilizado 1.000.000 de presuntas voluntades para que siguiera vigente la ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado y 1.150.000 para que se la dejara sin efecto, lo cual en términos de conformidad o disgusto entre los votantes ocasionaba paradójicamente que sólo 5.000 quedaran al final complacidos o muy satisfechos con la decisión adoptada y 999.900 decepcionados o muy descontentos, ante 1.495.100 que permanecerían casi por completo desinteresados con respecto a que la norma siguiera o no en vigor …
Claro que para disipar cualquier duda sobre los defectos inherentes a la técnica empleada y a lo incierto de la información que se obtiene por su intermedio, lo aconsejable sería examinar posibles resultados inversos y en términos todavía más extremos…
Haciendo eso pronto se verá que no es razonable destinar tiempo ni recursos humanos, materiales y financieros a un proceso que lejos de cimentar la concordia entre nosotros puede llevarnos inadvertidamente -como tal vez ya sucedió en varias oportunidades- a legitimar y por ende a perpetuar decisiones que apenas conforman a unos pocos y que perjudican o irritan o la inmensa mayoría de nuestros compatriotas.
Agradezco al señor José Efrén Solana Delgado que haya tenido la deferencia de leer y analizar mis pasadas reflexiones y al señor Director por disponer que se publiquen las presentes.

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